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miércoles, 31 de diciembre de 2014

Entre gallos y medianoche, una pequeña ayuda de los amigos: La justicia Cordobesista facilitó las cosas a Mestre. Ahora se pueden recibir dádivas si son a "cara descubierta"

La Justicia archiva denuncia por dádivas



La Cámara de Acusación interpretó que cuando Mestre, Cossar y Ostanelli viajaron a Corrientes no incurrieron en ningún delito. Un argumento central del fallo es que la dádiva supone un hecho reservado y oculto, mientras que el viaje de los funcionarios fue público.

En la cuenta regresiva de horas para entrar en la feria judicial que rige ya desde hoy, ayer la Cámara de Acusación de la Justicia provincial archivó la denuncia por supuestas dádivas formuladas contra el intendente Ramón Mestre, su exsecretario privado Juan Pablo Ostanelli y el vice Marcelo Cossar.
Con el voto favorable de dos de sus miembros, la Cámara determinó que no había motivos desde el punto de vista penal para realizar una investigación, ya que los hechos no encuadran en ninguna figura penal.
La investigación se abrió a partir de una denuncia del líder del Frente Cívico, Luis Juez, luego de que Cossar admitiera ante Canal 10 que él, Ostanelli y Mestre habían participado en Corrientes, junto a sus respectivas esposas, en una fiesta de la empresa Ersa, concesionaria de servicios de higiene y transporte en la ciudad de Córdoba.
Así, el eje de la investigación se enfocó en determinar quién solventó los gastos de traslado y estadía de los funcionarios mencionados. Esa tarea corrió por cuenta del fiscal Anticorrupción Hugo Amayusco, quien ordenó actuaciones en Córdoba y en Corrientes.
Pese a que pasaron varios meses desde que se radicó la denuncia, el fiscal nunca avanzó en dictar imputaciones ni tampoco en desestimar la denuncia. Esa indefinición motivó en su momento reclamos de parte de Juez, quien intentó apartar a Amayusco del caso.
Más rápido se movieron los acusados, más concretamente Ostanelli (en mayo pasado, renunció a su cargo como funcionario municipal), quien pidió a través de su abogado el archivo de la causa.
Ese apuro chocó contra una barrera lógica: no podía hacer tal solicitud alguien que no estaba imputado. Así lo entendió la jueza de Control, Ana Lucero Offredi, por lo cual el planteo llegó a la Cámara, que ayer terminó ordenando el archivo de las actuaciones.
Los vocales Carlos Salazar y Patricia Farías concluyeron en que nada había por investigar, mientras que Gabriel Pérez Barberá votó por devolver el expediente a Lucero Offredi para que definiera ella.
Fue el vocal Salazar quien argumentó los porqués de la “atipicidad” invocada para desestimar la causa. A su criterio, el delito de admisión de dádivas “debe verificarse (y así también lo indica la experiencia), es decir, en forma oculta, no pública, para que pueda admitirse, a su vez, la concreción del tipo objetivo de la figura”.
Puso como ejemplo los regalos que hacen abogados a los dependientes de juzgados e incluso a “funcionarios” como parte de un reconocimiento a su buena predisposición. En tales casos, comparó, “a nadie podría ocurrírsele tipificar como delito la entrega y aceptación de esos presentes, y no solamente por el escaso valor intrínseco que tales bienes tienen, sino fundamentalmente por el hecho de que fueron entregados, y aceptados, como se hizo, es decir, en forma pública”.
Aplicando la misma lógica al accionar de Mestre, Cossar y Ostanelli, dijo que el viaje de los funcionarios “fue realizado en forma pública” y que se trató de algo que “nunca escondieron ni ocultaron, ni negaron”.
En idéntico sentido interpretó la admisión de Cossar en Canal 10 de la presencia de él, Mestre y Ostanelli en Corrientes. “Es otra prueba de la ausencia del tipo subjetivo que el tipo requiere: la aceptación de una dádiva de determinado valor intrínseco y su carácter de secreto y oculto para que así, y sólo así, se pueda predicar respecto de la reprochabilidad y sospechabilidad del funcionario, quien, conociendo tales extremos, los acepta”.
Sobre la fiesta
Normal. El fallo de la Cámara de Acusación puso en un plano de –si se quiere– habitualidad el hecho de que funcionarios públicos hayan asistido a una fiesta privada, como la de la firma correntina Ersa. “Los funcionarios nunca creyeron haber estado incurriendo en un delito al aceptar la invitación de una empresa para una fiesta institucional a la que iban a concurrir cientos de personas de todo el país, lo que, por otra parte, es habitual que así suceda”, dice la resolución.

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